Está regulado en el Reglamento General de Circulación en su artículo 45:
" Adecuación de la velocidad a las circunstancias.
Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse "
En todas las circunstancias existentes nos fijamos siempre en las externas, en las climatológicas y en las de la vía. Pero, no solo nos debemos fijar en las externas, sino también en nosotros mismos, los conductores, ¿estamos siempre al cien por cien? ¿o quizás no le damos mucha importancia al conducir ya que es una actividad diaria?
Todo esto nos lleva a una velocidad inadecuada.
La velocidad inadecuada es la que no se adapta a la situación de cada momento, tanto a nivel vía como vehículo o del propio conductor. Por ejemplo, si circulamos por autovía con niebla espesa o lluvia intensa a 120 km/h, aunque la velocidad esté dentro del límite legal de la vía, en esta situación no es una velocidad adecuada ya que la capacidad de evacuar agua de nuestros neumáticos tienen un límite, y todo esto nos puede conllevar a un siniestro ya que no podríamos controlar el vehículo.
La velocidad adecuada, es a la que circulamos cuando controlamos el vehículo ante cualquier imprevisto. En algún caso extremo está fuera de los límites pero por estar por debajo de la velocidad mínima por ejemplo cuando nieva, hay hielo, etc.
No debemos confundirla con la velocidad máxima, que es la permitida legalmente, tanto de forma genérica como de forma específica. Nos podemos encontrar con la velocidad excesiva, que aparte de ser inadecuada siempre, además está por encima de los límites legales.

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