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sábado, 18 de abril de 2015

PÉRDIDA DE PUNTOS

Asignación de puntos
  • Los titulares de su primer permiso o licencia partirán con 8 puntos. Si en los dos primeros años no pierden ningún punto pasarán a tener 12 puntos.
  • Los titulares de un permiso el cual han perdido todos los puntos y han obtenido nuevamente el permiso tendrán 8 puntos. Si en los dos siguientes años no pierden ningún punto pasarán a tener 12 puntos.
  • Quienes mantengan los 12 puntos durante los tres años siguientes obtendrán 2 puntos más (14 puntos)
  • Quienes mantengan los 14 puntos por los tres años siguientes se les asignará un punto más, obteniendo el máximo, 15 puntos.
Sanciones y cantidad de pérdida de puntos














Como norma general, se pueden perder como máximo 8 puntos en un mismo día.


viernes, 17 de abril de 2015

PÉRDIDA TOTAL DE PUNTOS

Como conductor, debes saber que:


  • La Jefatura Provincial de Tráfico, una vez constatada la pérdida por el titular del permiso de conducción de la totalidad de los puntos asignados, iniciará el procedimiento para declarar la pérdida de vigencia del mismo, y en su caso, se dictará resolución motivada por el Jefe Provincial de Tráfico declarando la pérdida de vigencia. Esta declaración de pérdida de vigencia del permiso supone que el conductor deberá entregar el permiso o licencia en la Jefatura Provincial de Tráfico y no podrá conducir por un período de 6 meses, 3 meses en el caso de conductores profesionales. Transcurrido este plazo, podrá obtener un nuevo permiso, debiendo superar con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial, asó como superar la prueba teórica establecida reglamentariamente.
  • Debe saber que conducir vehículos a motor o ciclomotores cuando hay declaración de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, es un delito tipificado en al artículo 384 de Código Penal, castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31  a 90 días.

Recuperación de puntos:

 Si aún no has perdido todos los puntos:
  • Puedes recuperar hasta 6 puntos mediante la realización de un curso de sensibilización y reeducación vial. El curso dura 12 horas y se podrá realizar una vez cada 2 años (en caso de conductores profesionales lo podrán realizar cada año).
  • Los titulares de los permisos afectados por una pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de puntos transcurridos 2 años, sin haber sido sancionados en éste tiempo. En caso de que la pérdida de puntos se debiera a infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.
Si ya has agotado la totalidad de tus puntos, para obtener un nuevo permiso, debes:
  • Realizar un curso de sensibilidad y reeducación vial que tendrá 24 horas de duración y que podrás realizar durante la pérdida de la vigencia.
  • Una vez transcurrido el plazo de duración de la pérdida de vigencia, 6 meses para los conductores en general y 3 meses para los conductores profesionales, deberás superar una prueba teórica que versará sobre los contenidos del curso realizado. Para la realización de esta prueba deberás solicitar cita para examen en la Jefatura Provincial de Tráfico.

jueves, 9 de abril de 2015

¿PUEDEN MULTARTE SIN PARARTE?

Con la nueva Ley de Tráfico, que entró en vigor en mayo del 2014, pueden ponerte una multa sin notificártelo. Actualmente, está permitido no parar e identificar al infractor cuando el agente esté ocupado o carezca de medios para seguir, parar y notificar al conductor.

¿Cómo sabré si me han multado?
La primera notificación será por correo certificado.
Si el agente no te informa en el momento de la infracción la autoridad del Tráfico mandará la notificación a través de correo certificado al domicilio que figura en el Registro de la Dirección General de Tráfico.
Si en el momento en que llega la notificación no estás en el domicilio la multa se publicará en el TESTRA. Por lo tanto, es aconsejable inscribirse en sistema de la Dirección General de Tráfico (DGT) o dar de alta el correo donde puedas recibir las notificaciones de Tráfico.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar la multa?
Recuerda que el hecho de no saber que has sido sancionado no te exime de su pago. Con la nueva Ley de Tráfico, del 9 de Mayo del 2014, cuentas con 20 días naturales desde la notificación de la sanción tanto para presentar alegaciones si creemos que la multa se puede recurrir como para pagar el importe reducido.
Pero en el caso de que el Agente te entregue la multa en mano en el momento de la sanción, los 20 días naturales empiezan a contar desde ese momento, tanto para pagarla como para recurrir.


Una vez que has pagado la multa, ya finaliza la posibilidad de recurrirla y también se retirarán en ese momento los puntos de tu permiso de conducción.

¿Qué tipo de multa me pueden poner?
Existen tres tipos de multas:

  • Leves: sanciones de hasta 100 y sin pérdida de puntos
  • Graves: las más comunes son superar el límite de velocidad, adelantar de forma ilegal, conducir hablando por el teléfono móvil, circular sin luces, no llevar el cinturón de seguridad o saltarse un stop o ceda el paso. La sanción económica puede ser desde 100€ hasta 600€ y la pérdida de 6 puntos del carnet.
  • Muy graves: las más comunes son circular en sentido contrario, conducción temeraria, superar el límite de alcoholemia o velocidad en un 50% de lo permitido. La sanción económica es de a partir de 500€ y la pérdida de 6 puntos del carnet o incluso la pena de cárcel. 
¿Cómo recurrir? ¿De cuánto tiempo dispongo?
Dependen del tipo de sanción:
  • Leves: prescriben a los tres meses
  • Graves: prescriben a los seis meses
  • Muy graves: prescriben a los seis meses
Para reclamar la multa dispondrá de un plazo de entre 15 y 20 días. Si no hace alegaciones en dicho plazo, aún tendrá un mes para interponer un recurso administrativo. Si ha pedido la realización de pruebas, la administración tendrá que enviar una carta con los resultados y volverá a empezar un nuevo plazo para hacer alegaciones. Éste procedimiento se llama "recurrir una multa".

¿Cuánto cuesta recurrir?
Si ninguna de las vías explicadas anteriormente funciona, pero el conductor sigue queriendo recurrir, sólo le queda la opción de ir a los tribunales. Deberá pagar las tasas judiciales que serán devueltas en caso de ganar el juicio.

La cantidad de las tasas varían dependiendo de la infracción:
  • Infracción leve: 200 más del 0,5% de la sanción.
  • Infracción grave sin retirada de puntos: 200€ más el 0,5% de la sanción.
  • Infracción grave o muy grave con retirada de puntos: 350€ más el 0,5% de la sanción.





miércoles, 8 de abril de 2015

INFRACCIONES

Aquí os dejamos las infracciones más cometidas, con la pérdida de puntos que conlleva y sanción económica:

  1. Utilización de las luces
      1.1 Luces antiniebla: Conectar los faros antiniebla traseros sin que las                     condiciones atmosféricas lo favorezcan o uso de los delanteros sin motivo, te conlleva a una multa de hasta 200€.
      1.2 Destellos y ráfagas: molestar con el encendido y apagado de las luces        continuamente está considerado como falta leve, sanción de 80€.
      1.3 Intermitentes: no usarlos con suficiente antelación supone una multa de 80€,  y no conectarlos en absoluto supone una multa de 200€.
      1.4 Luces de cruce: en carriles donde es obligatorio su uso, como carriles reversibles, de sentido contrario al habitual y zonas de obras, la sanción puede ser de hasta 200€.
    
  2. Elementos del vehículo y de seguridad
      2.1 Neumáticos: llevar una presión deficiente, desgaste del dibujo y cualquier cosa que indique que circulamos con los neumáticos en mal estado, supone 800€ de sanción o lo que es lo mismo 200€ por cada rueda.
      2.2 Cinturón de seguridad: circular sin cinturón o ponérselo en marcha supone una pérdida de 3 puntos y 200€ de multa.
      2.3 Sistemas de retención infantil (SRI): viajar con niños sin hacer uso de éste sistema de sujeción o mal abrochado, supone una multa de 200€ y una pérdida de 3 puntos.
      2.4 Triángulos de preseñalización y una rueda de repuesto o kit antipinchazos: no llevarlo supone una multa de 200€.
      2.5 Placa de matrícula ilegible: si llevamos la matrícula sucia, desgastada o deteriorada no supondrá una sanción de 200€.

  3. Actitud en carretera
      3.1 Uso abusivo del claxon: hacer uso de señales acústicas sin ningún motivo se considera una sanción leve con 80€ de multa.
      3.2 Semáforos en ambar: no debemos acelerar para pasar, sino más bien ser precavidos, esto nos costará una sanción de 200€.
      3.4 Carriles reversibles o habilitados en sentido contrario: se debe circular por ellos a la velocidad permitida, hacerlo a una velocidad superior nos supondrá 200€ de sanción.
      3.5 Arrojar basura por la ventanilla: cualquier elemento que pueda provocar un accidente, un incendio o obstaculizar la circulación, por ejemplo un pañuelo desechable o una colilla, nos supondrá una sanción de 200€ y una pérdida de 4 puntos. 
      3.6 Comer, beber y maquillarse: aprovechar los semáforos, atascos y demás para ello se considera multa leve con sanción de 100€.
      3.7 Usar auriculares o hablar por el móvil: te conlleva a una pérdida de 3 puntos y una sanción de 200€.

  4. Documentación necesaria
      4.1 Permiso de conducir: no llevar el permiso con nosotros tiene una sanción de 10€, pero si este está caducado la sanción asciende a 200€. Si no tienes permiso de circulación sería de 500€, y si el permiso no es válido para el vehículo a la sanción se le añade una pérdida de 4 puntos. 
      4.2 Permiso de circulación: al igual que con el permiso de circulación, no llevarlo en ese momento tiene una sanción de 10€, pero si nos lo han retirado la sanción asciende hasta los 500€.
      4.3 Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV): circular con la ITV caducada la sanción es de 200€, y en caso de no llevar con nosotros la tarjeta la sanción sería de 10€.
      4.4 Seguro obligatorio: si el vehículo no está asegurado la sanción puede ir desde los 601€ hasta los 3.005€.
      4.5 Datos sin actualizar: si los datos que figuran en nuestra documentación no están actualizados la sanción es de 80€.